A veces los impuestos pueden sentirse como un idioma complicado, especialmente si estás comenzando en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Tranquilo, no estás solo: como contadores, sabemos lo abrumador que puede ser cuando escuchas siglas como IVA por todos lados.
Por eso, hemos preparado esta guía sencilla para que entiendas cuándo sí y cuándo no aplica el IVA, qué obligaciones tienes, y cómo manejarlo sin dolores de cabeza. Vamos paso a paso.
¿Qué es el IVA y cuándo aplica?
El IVA es uno de esos impuestos que escuchamos desde el supermercado hasta una consulta médica privada, y sí, también en tu negocio si estás en RESICO.
¿Qué significa el IVA?
IVA es el Impuesto al Valor Agregado. En pocas palabras, es un impuesto federal que se aplica a la mayoría de los bienes y servicios en México. Es un pequeño extra que pagamos cuando compramos algo o contratamos un servicio. Lo especial es que este impuesto lo paga el consumidor final, pero lo recoge (o “traslada”) el vendedor para después entregarlo al SAT.
¿En qué operaciones se cobra IVA?
El IVA se cobra principalmente cuando:
- Vendes bienes en México.
- Prestas servicios independientes (no asalariados).
- Otorgas el uso o goce temporal de bienes (por ejemplo, rentas).
- Importas productos o servicios.
Cada vez que realizas alguna de estas operaciones, debes incluir el IVA en la factura, siempre que no sean operaciones exentas por la ley.
Operaciones exentas o que no llevan IVA
No todas las ventas están sujetas a IVA. Algunas operaciones, como venta de libros, vivienda usada, ciertos alimentos y medicinas, educación y servicios médicos, están exentas por la ley. También hay actividades gravadas al 0%, como exportaciones y productos básicos.
Confundir una operación gravada con una exenta o viceversa es uno de los errores más comunes. Por eso es importante revisar bien tu actividad y el tipo de producto o servicio que ofreces. En nuestro blog puedes profundizar más sobre las desventajas del RESICO para evitar estos tropiezos.
Obligaciones de IVA para contribuyentes en RESICO
El hecho de estar en RESICO no te exime de las obligaciones de IVA, aunque este régimen prometa simplificar otras áreas.
¿Tengo que presentar declaraciones de IVA?
Sí. Si realizas operaciones gravadas, debes presentar declaraciones periódicas de IVA.
Periodicidad: mensual y otras excepciones
La obligación general es presentar la declaración mes a mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Hay pocas excepciones, y la más importante es que si solo realizas actividades exentas o al 0%, podrías no tener que declarar, pero siempre es mejor revisar tu caso de manera particular.
¿Qué formularios o medios usar?
Las declaraciones se presentan mediante el portal SAT, usando el formulario electrónico para pagos provisionales y definitivos de IVA. El sistema ya viene prellenado con la información de tus facturas, pero revisa que todo sea correcto antes de enviar.
Si quieres conocer todos los beneficios de RESICO, incluyendo la simplificación de algunas obligaciones, no dudes en consultarlos para evitar malentendidos en tu declaración.
¿Cómo se calcula el IVA a pagar?
Aquí viene la parte numérica pero, con la fórmula correcta, no tiene por qué ser complicado.
Fórmula rápida: IVA trasladado menos IVA acreditable
El IVA a pagar se calcula así:
IVA trasladado (el que cobraste en tus ventas)
menos
IVA acreditable (el que pagaste en tus compras relacionadas con el negocio).
Resultado: El monto a ingresar al SAT, si es positivo, o el saldo a favor, si es negativo.
Ejemplo sencillo paso a paso
Supón que en el mes vendiste $10,000 de productos (gravados al 16%).
Cobraste $1,600 de IVA.
Durante el mismo mes, compraste insumos para tu negocio por $3,000 con factura; el IVA pagado fue de $480.
El cálculo es:
$1,600 (IVA trasladado)
– $480 (IVA acreditable)
= $1,120 (IVA por pagar ese mes).
Facturación y comprobantes fiscales
Llevar la facturación clara es clave para cumplir con el IVA y evitarte problemas después.
¿Cómo emitir CFDI con IVA?
Toda operación gravada debe ir acompañada de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI, o “factura electrónica”) donde se refleje el IVA.
Conceptos y tasas más comunes (0%, 16%, exento)
- 16%: La tasa estándar que aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
- 0%: Productos básicos (alimentos, medicinas, exportaciones).
- Exento: Algunos servicios, rentas de vivienda, ventas de libros, servicios educativos.
Al facturar, considera el tipo y tasa de IVA que corresponde a cada producto o servicio para evitar errores comunes en la facturación de RESICO.
¿Qué datos debe incluir la factura si cobro IVA?
Asegúrate de que cada factura contenga:
- Clave del producto o servicio.
- Desglose claro del IVA (monto base, tasa, IVA trasladado).
- RFC de tu cliente.
- Forma y método de pago.
- Lugar de expedición.
Un error frecuente consiste en emitir facturas sin el IVA bien desglosado, lo que puede ser motivo de rechazo por tus clientes y ocasionar requerimientos del SAT.
¿Puedo emitir factura sin IVA aunque venda productos gravados?
No. Si la ley indica que tu producto o servicio debe llevar IVA, tienes que trasladarlo y reflejarlo en tu factura. Facturar sin IVA, cuando corresponde, puede traerte multas y problemas serios en auditorías. Si tienes dudas sobre la tasa, considera consultar a un experto en el regimen RESICO para evitar inconvenientes.
IVA acreditable y deducciones
Sacar provecho del IVA acreditable ayuda a que tu carga fiscal sea la justa.
¿Qué es el IVA acreditable y cómo funciona?
El IVA acreditable es el que tú pagas al comprar bienes, servicios, o insumos necesarios para operar tu negocio. Siempre y cuando esas compras estén relacionadas con tu actividad y tengan factura válida, ese IVA lo puedes restar del que cobraste.
Requisitos para que sea acreditable
- Que lo hayas pagado efectivamente.
- Que el gasto esté relacionado con tu negocio.
- Que tengas el CFDI correspondiente.
- Que el IVA esté expresamente señalado en la factura.
¿En qué casos no puedo acreditar IVA?
No puedes acreditar el IVA de:
- Compras que no tengan relación directa con tu negocio.
- Facturas incorrectas o sin los requisitos fiscales.
- Bienes o servicios exentos de IVA.
- Gastos donde el IVA no fue efectivamente pagado (por ejemplo, si te dieron crédito pero aún no lo pagas).
Para aclarar más detalles sobre las deducciones permitidas en RESICO, te invitamos a revisar nuestra guía completa.
Pagos, devoluciones y saldos a favor
A veces el IVA acreditable es mayor que el trasladado; es decir, pagaste más IVA del que cobraste ese mes. Aquí te explicamos tus opciones.
¿Qué hago si pagué de más?
Si tu cálculo resulta en un saldo a favor, puedes:
- Compensarlo contra futuros pagos de IVA.
- Solicitar una devolución al SAT.
Procedimiento para solicitar devolución o compensación
Solicitar devolución implica llenar una solicitud en el portal del SAT y adjuntar la información y documentos que respalden tu saldo a favor. El SAT revisará y, si todo está en orden, enviarán el depósito a tu cuenta bancaria en un plazo que varía (puede tardar semanas o meses).
La compensación es más simple: en tu siguiente declaración, resta el saldo a favor del IVA por pagar de ese mes.
¿Cómo aplicar un saldo a favor en la declaración?
En el portal del SAT, al capturar la declaración, especifica tu saldo a favor del periodo anterior y el sistema hará la resta automática. Mantén a la mano comprobantes y CFDIs de los gastos que originaron ese saldo.
Multas y errores comunes (y cómo evitarlos)
Errores frecuentes al declarar IVA
- No declarar cuando tuviste actividad.
- Calcular mal el IVA acreditable (por falta de facturas o gastos no relacionados).
- Declarar IVA cobrado pero no trasladado.
- Conservar facturas con errores.
La mejor defensa: llevar control mes a mes, revisar y archivar tus facturas y no esperar a último momento.
Para entender mejor posibles desventajas del RESICO relacionadas con la fiscalización, esta información será de utilidad.
¿Qué sanciones pueden aplicarse y cómo prevenirlas?
El SAT puede imponer multas que van de varios miles de pesos por declaraciones omitidas, tardías, errores o discrepancias. También puede suspender tu sello digital, lo que te impide facturar.
Prevenir es sencillo: mantén tus operaciones claras, declara a tiempo y, ante cualquier duda, acércate a un contador profesional.
Preguntas rápidas (FAQ)
¿El IVA cambia por estar en RESICO?
No. El tratamiento del IVA es el mismo, estés o no en RESICO. RESICO cambia el cómo pagas ISR, pero no tus obligaciones referentes al IVA.
¿Puedo trasladar el IVA a mis precios?
Sí. Incluso es recomendable: los precios que anuncies pueden ser “más IVA”, para que tu cliente sepa el monto total a pagar.
¿Dónde consultar la información oficial y actualizada?
El portal del SAT (www.sat.gob.mx) es la fuente oficial. Busca en la sección de IVA y RESICO para consultas específicas.
¿Cuándo es buen momento para consultar a tu contador?
Siempre que tengas dudas con una operación nueva, cuando detectes inconsistencias en tus cálculos, o si quieres optimizar tu carga fiscal. Mejor buscar ayuda antes de cometer un error que después tener que corregirlo.
Para conocer cómo aprovechar al máximo las ventajas y evitar los problemas comunes del régimen, nuestra página sobre la reforma RESICO puede ser una gran aliada.
Esperamos que esta guía te ayude a abordar el tema del IVA en RESICO con seguridad. Estamos listos para apoyarte en cada paso para que tu negocio fluya sin problemas fiscales.